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	<title>Comentarios para iBlawg</title>
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	<description>El blog del Instituto Chileno de Derecho y Tecnologías</description>
	<lastBuildDate>Thu, 26 Jan 2012 17:44:31 +0000</lastBuildDate>
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		<title>Comentario en Se aprueba reforma a la Ley de Propiedad Industrial por Gustavo</title>
		<link>http://iblawg.cl/archives/771#comment-226</link>
		<dc:creator>Gustavo</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 26 Jan 2012 17:44:31 +0000</pubDate>
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		<description>Buen artículo Cote.

Esperemos que esta reforma mejore el procedimiento para sea más expedito, aunque con la transición se nota la lentitud para adaptar el sistema.

Saludos!</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Buen artículo Cote.</p>
<p>Esperemos que esta reforma mejore el procedimiento para sea más expedito, aunque con la transición se nota la lentitud para adaptar el sistema.</p>
<p>Saludos!</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario en Sobre la necesidad de una nueva Ley de Delitos Informáticos en Chile. por Fernando Fernández Acevedo</title>
		<link>http://iblawg.cl/archives/752#comment-225</link>
		<dc:creator>Fernando Fernández Acevedo</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 24 Jan 2012 20:04:59 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://iblawg.cl/?p=752#comment-225</guid>
		<description>Nelson:

En cuanto a cómo los los &quot;delitos informáticos&quot; son penados actualmente, mucho pasa por acomodar otras figuras penales (eg, estafa) al caso en particular. Ahora, eso tiene el problema que no necesariamente uno u otro caso caiga con precisión en el tipo penal.


Ahora, en cuanto a que requerimos más información, no puedo estar más de acuerdo contigo. Esto requiere de mucho más información de la actual aplicación de la ley para adoptar las decisiones correctas acá. Asimismo, creo que es fundamental ver cómo se las están arreglando los fiscales en la práctica para lidiar con el tema.

Por otra parte, debiésemos revisar si acaso las penas son las más óptimas ¿Por qué no ver otra clase de penas?

Finalmente, ni siquiera tenemos muy claro la magnitud económica de esto ni la incidencia real de los delitos. Estudios en esta materia también serían muy útiles.

Lo que sí es claro que esto se debe modernizar para incorporar nuevos tipos penales que existen en otras jurisdicciones más avanzadas y en tratados internacionales como la Convención de Budapest. No obstante, para hacerlo debemos tener todos los datos indicados más arriba para adoptar las políticas correctas. Si no, la &quot;Ley de las consecuencias no deseadas&quot;  nos va a jugar una mala pasada.

En cuanto al tema de los datos personales, creo que ni el nuevo proyecto de ley ni ninguno de los otros proyectos que están en el Congreso resuelven el tema de forma definitiva: En gran medida creo que esto pasa por tener una Agencia de Protección de Datos robusta y un sistema de sanciones realmente disuasivo. Te invito a que leas los artículos que tenemos en el bloc relativos a esta materia y a asistir a los seminarios que estamos organizando sobre la materia.

¡Saludos!,

F.-</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Nelson:</p>
<p>En cuanto a cómo los los &#8220;delitos informáticos&#8221; son penados actualmente, mucho pasa por acomodar otras figuras penales (eg, estafa) al caso en particular. Ahora, eso tiene el problema que no necesariamente uno u otro caso caiga con precisión en el tipo penal.</p>
<p>Ahora, en cuanto a que requerimos más información, no puedo estar más de acuerdo contigo. Esto requiere de mucho más información de la actual aplicación de la ley para adoptar las decisiones correctas acá. Asimismo, creo que es fundamental ver cómo se las están arreglando los fiscales en la práctica para lidiar con el tema.</p>
<p>Por otra parte, debiésemos revisar si acaso las penas son las más óptimas ¿Por qué no ver otra clase de penas?</p>
<p>Finalmente, ni siquiera tenemos muy claro la magnitud económica de esto ni la incidencia real de los delitos. Estudios en esta materia también serían muy útiles.</p>
<p>Lo que sí es claro que esto se debe modernizar para incorporar nuevos tipos penales que existen en otras jurisdicciones más avanzadas y en tratados internacionales como la Convención de Budapest. No obstante, para hacerlo debemos tener todos los datos indicados más arriba para adoptar las políticas correctas. Si no, la &#8220;Ley de las consecuencias no deseadas&#8221;  nos va a jugar una mala pasada.</p>
<p>En cuanto al tema de los datos personales, creo que ni el nuevo proyecto de ley ni ninguno de los otros proyectos que están en el Congreso resuelven el tema de forma definitiva: En gran medida creo que esto pasa por tener una Agencia de Protección de Datos robusta y un sistema de sanciones realmente disuasivo. Te invito a que leas los artículos que tenemos en el bloc relativos a esta materia y a asistir a los seminarios que estamos organizando sobre la materia.</p>
<p>¡Saludos!,</p>
<p>F.-</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario en Sobre la necesidad de una nueva Ley de Delitos Informáticos en Chile. por Nelson Castro</title>
		<link>http://iblawg.cl/archives/752#comment-224</link>
		<dc:creator>Nelson Castro</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 24 Jan 2012 18:23:18 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://iblawg.cl/?p=752#comment-224</guid>
		<description>Sería importante contar con un estudio más reciente que muestre la última década de condenas en relación a delitos informáticos, sin duda estos han experimentado un aumento importante pero se requiere de información razonable y no una sensación como la que estoy planteando.

En otra materia es absolutamente necesario cambiar el concepto de materias de seguridad informática a lo que hoy se conoce como seguridad de la información, concepto mucho más amplio y el cual tiene mayor impacto en la población, así mismo debe mejorar la ley de protección de datos personales, la cual prácticamente no se aplica siendo un acuerdo tras la OCDE.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Sería importante contar con un estudio más reciente que muestre la última década de condenas en relación a delitos informáticos, sin duda estos han experimentado un aumento importante pero se requiere de información razonable y no una sensación como la que estoy planteando.</p>
<p>En otra materia es absolutamente necesario cambiar el concepto de materias de seguridad informática a lo que hoy se conoce como seguridad de la información, concepto mucho más amplio y el cual tiene mayor impacto en la población, así mismo debe mejorar la ley de protección de datos personales, la cual prácticamente no se aplica siendo un acuerdo tras la OCDE.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario en Noticias recomendadas. por Fernando Fernández Acevedo</title>
		<link>http://iblawg.cl/archives/734#comment-223</link>
		<dc:creator>Fernando Fernández Acevedo</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 16 Jan 2012 01:53:30 +0000</pubDate>
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		<description>OK! OK! Pensé que les interesaría :-(</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>OK! OK! Pensé que les interesaría <img src='http://iblawg.cl/wp-includes/images/smilies/icon_sad.gif' alt=':-(' class='wp-smiley' /> </p>
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	</item>
	<item>
		<title>Comentario en Noticias recomendadas. por Teresa Brown</title>
		<link>http://iblawg.cl/archives/734#comment-222</link>
		<dc:creator>Teresa Brown</dc:creator>
		<pubDate>Sun, 15 Jan 2012 21:05:03 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://iblawg.cl/?p=734#comment-222</guid>
		<description>Que fome. Me parece mucho más interesante las columnas de opinión sobre cuestiones jurídicas y tecnológicas que noticias que se pueden encontrar reproducidas en cualquier parte.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Que fome. Me parece mucho más interesante las columnas de opinión sobre cuestiones jurídicas y tecnológicas que noticias que se pueden encontrar reproducidas en cualquier parte.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario en Gordos y libertad de expresión en Internet por Roberto Carlos Hhernandez M.</title>
		<link>http://iblawg.cl/archives/720#comment-221</link>
		<dc:creator>Roberto Carlos Hhernandez M.</dc:creator>
		<pubDate>Sun, 15 Jan 2012 19:09:35 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://iblawg.cl/?p=720#comment-221</guid>
		<description>mmmmmm! mucha palabreria. pienso en mi caso. que...

Soy responsable de cada paso que doy. De cada sentimiento y cada 
pensamiento que expongo, muchas veces encontraré opositores a mis comentarios. Pero es responsabilidad tuya. El sentido que les das, como lo vives y lo sintes. lo que entiendes o como difundes mi forma de ser. Todos ustedes son un filtro y como tales. Pueden modificar la estructura de mi esencia, creando su propia imagen de mi persona, bizarra o mejor… todo depende de tus valores, de tu honestidad y capacidad.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>mmmmmm! mucha palabreria. pienso en mi caso. que&#8230;</p>
<p>Soy responsable de cada paso que doy. De cada sentimiento y cada<br />
pensamiento que expongo, muchas veces encontraré opositores a mis comentarios. Pero es responsabilidad tuya. El sentido que les das, como lo vives y lo sintes. lo que entiendes o como difundes mi forma de ser. Todos ustedes son un filtro y como tales. Pueden modificar la estructura de mi esencia, creando su propia imagen de mi persona, bizarra o mejor… todo depende de tus valores, de tu honestidad y capacidad.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario en Sobre el &#8220;monitoreo&#8221; gubernamental de las redes sociales por Pedro Ignacio Palma Velasquez.</title>
		<link>http://iblawg.cl/archives/411#comment-220</link>
		<dc:creator>Pedro Ignacio Palma Velasquez.</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 14 Jan 2012 21:02:23 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://iblawg.cl/?p=411#comment-220</guid>
		<description>Estoy de acuerdo con usted, el gobierno con el &quot;monitoreo&quot; a las redes sociales vulnera totalmente la libertad de expresión que esta protegida y consagrada en la constitución chilena vigente.
¿Por qué no hacer consultas ciudadanas sobre temas relevantes para el país en vez de gastar recursos públicos en agencias para &quot;monitorear&quot; a los usuarios de las redes sociales? ¿acaso no sería más efectivo esta consulta? ¿Qué se pretende realmente? la verdad todo esto solo ha traído criticas al gobierno por esta gestión poco eficiente.
El ser humano actúa conforme a derecho, esto significa que el derecho y las normas son las que nos hacen actuar de una u otra manera. Lo que quiero decir es que este tipo de espionaje solo busca truncar el pensamiento de las personas, ya que estas ya no publicarán o emitirán comentarios como lo hacían anteriormente.
Como conclusión solo cabe destacar la inoperancia del gobierno en cuanto a este tema en especial en vez de preocuparse de los temas de fondo.

Pedro Ignacio Palma Velasquez.
Universidad de Valparaíso, Escuela de derecho.
Derecho y Nuevas Tecnologías.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Estoy de acuerdo con usted, el gobierno con el &#8220;monitoreo&#8221; a las redes sociales vulnera totalmente la libertad de expresión que esta protegida y consagrada en la constitución chilena vigente.<br />
¿Por qué no hacer consultas ciudadanas sobre temas relevantes para el país en vez de gastar recursos públicos en agencias para &#8220;monitorear&#8221; a los usuarios de las redes sociales? ¿acaso no sería más efectivo esta consulta? ¿Qué se pretende realmente? la verdad todo esto solo ha traído criticas al gobierno por esta gestión poco eficiente.<br />
El ser humano actúa conforme a derecho, esto significa que el derecho y las normas son las que nos hacen actuar de una u otra manera. Lo que quiero decir es que este tipo de espionaje solo busca truncar el pensamiento de las personas, ya que estas ya no publicarán o emitirán comentarios como lo hacían anteriormente.<br />
Como conclusión solo cabe destacar la inoperancia del gobierno en cuanto a este tema en especial en vez de preocuparse de los temas de fondo.</p>
<p>Pedro Ignacio Palma Velasquez.<br />
Universidad de Valparaíso, Escuela de derecho.<br />
Derecho y Nuevas Tecnologías.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario en Transparencia, libertad de expresión y propiedad intelectual: el caso del Diario Oficial por Patricia Reyes</title>
		<link>http://iblawg.cl/archives/313#comment-219</link>
		<dc:creator>Patricia Reyes</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 13 Jan 2012 21:54:32 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://iblawg.cl/?p=313#comment-219</guid>
		<description>Guillermo, el Congreso Nacional a través de su Biblioteca mantiene la mayor base de datos legal del país (más de 250.000 normas) bajo estándares internacionales de open data y con sus proceso certificados bajo ISO 9001/2008. 
Te invito a consultarla en http://www.leychile.cl
Quedo también a tu disposición para consultas,
Patricia Reyes
Abogada Jefe de Recursos Legales de la Biblioteca del Congreso</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Guillermo, el Congreso Nacional a través de su Biblioteca mantiene la mayor base de datos legal del país (más de 250.000 normas) bajo estándares internacionales de open data y con sus proceso certificados bajo ISO 9001/2008.<br />
Te invito a consultarla en <a href="http://www.leychile.cl" rel="nofollow">http://www.leychile.cl</a><br />
Quedo también a tu disposición para consultas,<br />
Patricia Reyes<br />
Abogada Jefe de Recursos Legales de la Biblioteca del Congreso</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario en Gordos y libertad de expresión en Internet por Sofía Anwandter Vargas</title>
		<link>http://iblawg.cl/archives/720#comment-204</link>
		<dc:creator>Sofía Anwandter Vargas</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 06 Jan 2012 23:56:40 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://iblawg.cl/?p=720#comment-204</guid>
		<description>El joven aludido en los comentarios, apellidado Álvarez debió saber que vive y goza  en un Estado democrático bajo leyes, normas, etc., que regulan las relaciones entre los actores de una sociedad y por ende que le permite fotografiar cualquier elemento, sujeto u objeto en un recinto o bien nacional de uso público y que este hecho no merita sanción coactiva alguna a no ser que esto fuera en un recinto privado sin consentimiento de los fotografiados o en el ámbito de lo estratégico (recintos navales) por tanto se concluye que nunca debió el aludido haber temido por sobre las consecuencias que su accionar pudiesen traer, aun cuando publicó efectivamente las fotos en la web. Lamentablemente las equivocas declaraciones oficiales y de la predisposición  de iniciar acciones legales en su contra pusieron a Álvarez al borde del abismo,  el interrogante es a qué conclusiones podríamos llegar después de esto  sin duda es que la libertad de expresión fue pasada a llevar y que un individuo como cualquiera que hizo uno de ella fue oprimido por la maquinaria administrativa gubernamental y la opinión pública en general. 
Si bien es cierto que el menoscabo que se pudo producir en alguno de los fotografiados podría haber afectado en el fuero interno estos tienen como cualquier persona natural y sujeto de derecho la facultad de iniciar las demandas reparatorias correspondientes, pero eso es algo que tendrían que dirimir los respectivos órganos jurisdiccionales y que probablemente en base a nuestra legislación se concluiría que el señor Álvarez actuó en base a derecho vigente dentro del marco legal, cabe hacer notar el enorme prejuicio iniciado por los medios de comunicación los cuales influyeron fundamentalmente en la opinión pública de condena general.
Con todo, si analizamos desde los hechos desde un prisma sociológico más que legalista se resume que se debió a una acción dirigida por un criterio subjetivo llevado a los medios de comunicación masiva. 
Vale más como una bonita experiencia sociológica de nuestra idiosincrasia que una vez más se prueba a sí mismo que somos una sociedad de paradojas.

Sofía Anwandter Vargas
Universidad de Valparaíso
Derecho y Tecnologías.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>El joven aludido en los comentarios, apellidado Álvarez debió saber que vive y goza  en un Estado democrático bajo leyes, normas, etc., que regulan las relaciones entre los actores de una sociedad y por ende que le permite fotografiar cualquier elemento, sujeto u objeto en un recinto o bien nacional de uso público y que este hecho no merita sanción coactiva alguna a no ser que esto fuera en un recinto privado sin consentimiento de los fotografiados o en el ámbito de lo estratégico (recintos navales) por tanto se concluye que nunca debió el aludido haber temido por sobre las consecuencias que su accionar pudiesen traer, aun cuando publicó efectivamente las fotos en la web. Lamentablemente las equivocas declaraciones oficiales y de la predisposición  de iniciar acciones legales en su contra pusieron a Álvarez al borde del abismo,  el interrogante es a qué conclusiones podríamos llegar después de esto  sin duda es que la libertad de expresión fue pasada a llevar y que un individuo como cualquiera que hizo uno de ella fue oprimido por la maquinaria administrativa gubernamental y la opinión pública en general.<br />
Si bien es cierto que el menoscabo que se pudo producir en alguno de los fotografiados podría haber afectado en el fuero interno estos tienen como cualquier persona natural y sujeto de derecho la facultad de iniciar las demandas reparatorias correspondientes, pero eso es algo que tendrían que dirimir los respectivos órganos jurisdiccionales y que probablemente en base a nuestra legislación se concluiría que el señor Álvarez actuó en base a derecho vigente dentro del marco legal, cabe hacer notar el enorme prejuicio iniciado por los medios de comunicación los cuales influyeron fundamentalmente en la opinión pública de condena general.<br />
Con todo, si analizamos desde los hechos desde un prisma sociológico más que legalista se resume que se debió a una acción dirigida por un criterio subjetivo llevado a los medios de comunicación masiva.<br />
Vale más como una bonita experiencia sociológica de nuestra idiosincrasia que una vez más se prueba a sí mismo que somos una sociedad de paradojas.</p>
<p>Sofía Anwandter Vargas<br />
Universidad de Valparaíso<br />
Derecho y Tecnologías.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario en Gordos y libertad de expresión en Internet por Belén Carvajal Soto</title>
		<link>http://iblawg.cl/archives/720#comment-203</link>
		<dc:creator>Belén Carvajal Soto</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 06 Jan 2012 23:48:42 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://iblawg.cl/?p=720#comment-203</guid>
		<description>La libertad de expresión es un derecho fundamental, por lo cual, todos nosotros somos libres de emitir opiniones sobre diversos temas, y expresarnos a nuestro agrado acerca de cualquier tópico.  Sin embargo, cuando sujetos  como el mencionado en el artículo, que utilizan las redes sociales para ejercer su derecho a expresarse, demuestran incapacidad  para canalizar sus opiniones de manera positiva, nos hacemos conscientes de la absoluta  necesidad de que en Chile, realmente, se eduque en valores, desde las primeras etapas de la vida.
        La educación,  en dicho tema,  nos llevara a que no sea necesario ni monitorear, fiscalizar ni castigar las opiniones que se generen en diversas redes sociales o medios  de comunicación, sino que simplemente nos encontremos en un futuro con individuos educados que sean capaces de autocensurarse o ejercer un filtro necesario para expresarse sin pasar a llevar a ninguna persona o institución por diferente que ésta sea, logrando validar y merecer en su cien por ciento la libertad de expresión antes mencionada.
          La realidad irrefutable en nuestro país es que, en Chile,  existe una gran cantidad de compatriotas que discrimina a otros individuos por diferentes razones, que pueden ser políticas, sexuales, genéricas, sociales, físicas, etc.  No obstante, en mi parecer, ejercer ese preciado derecho a la libertad de expresión, ofendiendo o causando daño a terceras personas, sólo refleja que quien expresa tales pensamientos carece de criterio y desconoce o ignora que el respeto al individuo y a su dignidad también es un derecho.  Por lo tanto, considero que, educar y  reforzar continuamente, los valores tales como, el respeto a la diversidad, la tolerancia, etc. , es el camino más viable para evitar que, individuos como aquel que demuestra rechazo hacia las “gordas”, lleguen a la adultez haciendo mal uso de sus libertades.  En consecuencia, no comparto la idea de la ministra de SERNAM, Carolina Schmidt, en el sentido de considerar como un delito esta conducta de opinar burlándose de otros, ya que seria una medida reactiva, no una medida que a la larga beneficie a la sociedad en su conjunto o llame a modificar y mejorar la conducta errónea.
  Tal vez, el estado debiera ofrecerle ayuda psicológica, pues claramente, quien discrimina, tiene un problema que hay que solucionar.
          De todas formas, el sujeto en cuestión ya recibió rechazo público y eso, también es un castigo. 

Belén Carvajal Soto
Universidad de Valparaíso/ Derecho y Tecnología</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>La libertad de expresión es un derecho fundamental, por lo cual, todos nosotros somos libres de emitir opiniones sobre diversos temas, y expresarnos a nuestro agrado acerca de cualquier tópico.  Sin embargo, cuando sujetos  como el mencionado en el artículo, que utilizan las redes sociales para ejercer su derecho a expresarse, demuestran incapacidad  para canalizar sus opiniones de manera positiva, nos hacemos conscientes de la absoluta  necesidad de que en Chile, realmente, se eduque en valores, desde las primeras etapas de la vida.<br />
        La educación,  en dicho tema,  nos llevara a que no sea necesario ni monitorear, fiscalizar ni castigar las opiniones que se generen en diversas redes sociales o medios  de comunicación, sino que simplemente nos encontremos en un futuro con individuos educados que sean capaces de autocensurarse o ejercer un filtro necesario para expresarse sin pasar a llevar a ninguna persona o institución por diferente que ésta sea, logrando validar y merecer en su cien por ciento la libertad de expresión antes mencionada.<br />
          La realidad irrefutable en nuestro país es que, en Chile,  existe una gran cantidad de compatriotas que discrimina a otros individuos por diferentes razones, que pueden ser políticas, sexuales, genéricas, sociales, físicas, etc.  No obstante, en mi parecer, ejercer ese preciado derecho a la libertad de expresión, ofendiendo o causando daño a terceras personas, sólo refleja que quien expresa tales pensamientos carece de criterio y desconoce o ignora que el respeto al individuo y a su dignidad también es un derecho.  Por lo tanto, considero que, educar y  reforzar continuamente, los valores tales como, el respeto a la diversidad, la tolerancia, etc. , es el camino más viable para evitar que, individuos como aquel que demuestra rechazo hacia las “gordas”, lleguen a la adultez haciendo mal uso de sus libertades.  En consecuencia, no comparto la idea de la ministra de SERNAM, Carolina Schmidt, en el sentido de considerar como un delito esta conducta de opinar burlándose de otros, ya que seria una medida reactiva, no una medida que a la larga beneficie a la sociedad en su conjunto o llame a modificar y mejorar la conducta errónea.<br />
  Tal vez, el estado debiera ofrecerle ayuda psicológica, pues claramente, quien discrimina, tiene un problema que hay que solucionar.<br />
          De todas formas, el sujeto en cuestión ya recibió rechazo público y eso, también es un castigo. </p>
<p>Belén Carvajal Soto<br />
Universidad de Valparaíso/ Derecho y Tecnología</p>
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