Celebrabamos el martes 24 de enero la aprobación y despacho desde el Congreso del proyecto de ley impulsado fuertemente por el diputado Felipe Harboe, activistas de redes sociales y nuestro propio Instituto que participó activamente durante el debate, y por el que se establece el principio de finalidad en el tratamiento de datos personales de [...]
Celebrabamos el martes 24 de enero la aprobación y despacho desde el Congreso del proyecto de ley impulsado fuertemente por el diputado Felipe Harboe, activistas de redes sociales y nuestro propio Instituto que participó activamente durante el debate, y por el que se establece el principio de finalidad en el tratamiento de datos personales de carácter económico, financiero, bancario o comercial.
Según el texto aprobado, dicho tratamiento tendrá por finalidad exclusivamente la evaluación de riesgo comercial y sólo para el proceso de crédito. De este modo, la comunicación de esta clase de datos sólo podrá efectuarse al comercio establecido, para el proceso de crédito, y a las entidades que participen de la evaluación de riesgo comercial y para ese solo fin.
En definitiva, un gran avance, pues reconoce que un uso indiscriminado de los datos personales afecta los derechos fundamentales de las personas, no sólo los relativos a la vida privada, sino que la igualdad ante la ley, el derecho a la salud, el trabajo, la educación, etc. Deberían terminar de este modo, con la observancia de la ley, los abusos reiterados en orden a exigir esta información en los procesos de selección personal (públicos o privados), de selección escolar (admisión pre-escolar, escolar o de educación superior), o para la atención médica de urgencia.
Es cierto también que queda mucho por hacer en nuestro pais para configurar la protección de datos personales como un derecho autónomo que asegure efectivamente la vigencia de los derechos fundamentales en la sociedad de redes. Nuestro Instituto así lo entiende y trabaja día a día para ello.








