Se aprueba reforma a la Ley de Propiedad Industrial

En enero 26, 2012, sobre Propiedad Intelectual, por María José Arancibia Obrador

Con fecha 19 de enero de 2012 el Congreso Nacional, antes de entrar en receso, aprobó el proyecto de ley que reforma la ley 19.039 sobre Propiedad Industrial. Esta reforma tiene como objetivo adecuar la legislación interna a los tratados internacionales el PCT (Patent Cooperation Treaty) y TLT (Trademark Law Treaty). En general esta reforma [...]

Con fecha 19 de enero de 2012 el Congreso Nacional, antes de entrar en receso, aprobó el proyecto de ley que reforma la ley 19.039 sobre Propiedad Industrial. Esta reforma tiene como objetivo adecuar la legislación interna a los tratados internacionales el PCT (Patent Cooperation Treaty) y TLT (Trademark Law Treaty).

En general esta reforma viene por una parte a estandarizar y mejorar los procesos de solicitudes de marcas comerciales y patentes y por otra a despejar dudas respecto a la autoejecutabilidad de los Tratados mencionados.

De esta forma, en relación con el PCT, cuyo texto fuera aprobado el año 2009, busca mejorar el desempeño de las presentaciones y recepción en la fase nacional de las solicitudes de patentes de invención y de modelos de utilidad.

Dentro de las modificaciones aprobadas encontramos: definiciones de términos del PCT como el de “Solicitud internacional”, además constituye al INAPI como Oficina Receptora, se señalan plazos para reivindicaciones, entrada en fase nacional entre otras modificaciones.

En cuanto al TLT, debemos hacer presente un detalle no menor, dicho tratado fue aprobado en el año de 2010 por el Congreso Nacional, aun no se dicta el decreto promulgatorio, por lo cual no ha entrado en vigencia.

Sin perjuicio de ello, la reforma contempla simplificaciones al procedimiento administrativo de registro de una marca comercial, lo más destacado es la denominada “solicitudes divisionales” consistente en la posibilidad de dividir la solicitud, cuando una parte de su cobertura sea objeto de oposiciones u objeciones de oficio, ello será posible en aquellos casos de cobertura amplia. La ventaja de ello radica en que la cobertura no cuestionada podrá continuar su tramitación en forma independiente debiendo ser necesariamente aceptadas a registro.

Un aspecto de importancia es la modificación que determina la eliminación de la firma ante notario como formalidad de los actos jurídicos sobre derechos de propiedad industrial, dicha supresión sin duda no es un detalle menor, por cuanto en principio le quita seguridad jurídica y podría prestarse para abusos.

Para revisar el texto legal aprobado visite http://www.camara.cl

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1 Respuesta » a “Se aprueba reforma a la Ley de Propiedad Industrial”

  1. Gustavo dice:

    Buen artículo Cote.

    Esperemos que esta reforma mejore el procedimiento para sea más expedito, aunque con la transición se nota la lentitud para adaptar el sistema.

    Saludos!

Mi parecer

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